DIAN presentó nuevo formulario 110 de once páginas para hacer declaraciones de renta año 2011
Según el comunicado que hasta ahora se conoce, las nuevas páginas diseñadas a ese formulario solo las tendrán que diligenciar los declarantes que en el año anterior, año 2010, tuvieron ingresos brutos o patrimonio bruto superior a 3.000 millones y también aquellos que a dic. 31 de 2011 fuesen Grandes Contribuyentes o que fuesen personas jurídicas importadoras.
A través de un simple comunicado de prensa de fecha enero 25 de 2012 (y sin que se conozca aun la respectiva Resolución que se tiene que expedir) la DIAN dio a conocer lo que será el nuevo formulario 110 de once páginas y 816 renglonesque esta vez los declarantes obligados a llevar contabilidad (personas naturales o jurídicas) tendrán que utilizar para presentar su declaración de renta por el año gravable 2011.
La primer página es igual a la que se usó en el caso de la declaración año gravable 20120. Pero el comunicado aclara que las 10 páginas adicionales que esta vez trae el formulario para 2011 solo deberán ser diligenciadas por los siguientes tipos de declarantes:
a) Las personas naturales y jurídicas que a 31 de diciembre de 2011 estén clasificados como Grandes contribuyentes (entendiéndose que serían tanto los declarantes de renta como los declarantes de ingresos y patrimonio pues el formulario 110 se diseña para ambos propósitos; ver artículos 596 y 599 del E.T.). Para conocer la más reciente actualización en la lista de Grandes Contribuyentes se debe consultar la Resolución DIAN 013483 de diciembre 29 de 2011 con la cual se incluyeron en la lista a 350 empresas pero salieron de ella otras 619.
b) Las personas jurídicas que a diciembre 31 tuvieran calidad de importadores
c) Las personas naturales o jurídicas que en el año anterior (2010) hubieran presentando declaración de renta (no se incluye a los que presentaron declaración de ingresos y patrimonio) pero que en esa declaración 2010 tenían patrimonio bruto o ingresos brutos superiores a tres mil millones de pesos (3.000.000.000). Al respecto se entenderíia que los que se hayan liquidado durante el 2011 se salvaron de diligenciar este nuevo formulario tan extenso pues ellos pudieron haber presentado ya su declaración de renta por la fracción de año 2011 usando para ello el formulario que existía para declaraciones año gravable 2010 (ver artículo 18 decreto 4836 diciembre de 2010). Si se liquidaron durante el 2011 pero no han presentado aun la declaración de dicho año gravable, sí tendrían que usar el nuevo formulario.
El comunicado aclara entonces que quienes no califiquen …
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