Traspaso de vehículo a persona indeterminada. En diciembre de 2011 vence ésta prerrogativa, aproveche
Muchas personas han vendido su carro o moto, pero simplemente firmaron promesas de compra venta o incluso suscribieron el formulario de traspaso, pero quien compró no lo registró, por lo que el vehículo sigue figurando como propiedad del vendedor y con todos los problemas que eso conlleva.
Lo primero: El correcto traspaso de dominio de los vehículos
A diferencia de un electrodoméstico, joyas, prendas de vestir y otro tipo de bienes muebles, los vehículos como son los carros, motos y aeronaves, están sujetos a registro, igual como sucede como los bienes inmuebles, (casas, apartamentos, fincas y lotes).
Esto significa que el Estado lleva un registro del actual propietario y los anteriores. En el caso de los bienes inmuebles, es la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, en el caso de los vehículos automotores, lo hacen las respectivas Secretarías de Tránsito Municipal y Distrital.
La venta y el traspaso de un vehículo
Según el registro que ya anotamos, el cambio de propiedad de un bien sujeto a registro -en éste caso hablaremos de los vehículos-, NO BASTA con la simple firma de un contrato de compra venta o una promesa de compraventa, NI TAMPOCO sólo firmar el formulario de traspaso, para considerar que el vehículo a cambiado de propietario jurídicamente.
En el caso de los vehículos para que haya una transferencia de dominio, o sea, que cambie jurídicamente de dueño, el formulario de traspaso (suministrado por la Secretaría de Tránsito), debe ser debidamente registrado en la Secretaria de Tránsito respectiva y que efectivamente dicha Oficina Pública avale o apruebe el traspaso certificando tal operación, sólo hasta ese momento, se podrá decir que jurídicamente el vehículo pertenece a otra persona.
El error más común
Algunas personas, no necesariamente …
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